Por acuerdo de la Coordinadora del Consejo de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid, reunida el día 13 de febrero de 2025, se publica la presente Convocatoria de Ayudas para la Realización de Actividades por los Consejo de Estudiantes de Centro.

BENEFICIARIOS Y CUANTÍA

Podrán solicitar ayuda económica en la presente convocatoria los Consejos de Estudiantes de Centro de la UAM que hayan aprobado dicha solicitud por su correspondiente Mesa de Portavoces. En ningún caso se considerarán aquellas solicitudes vinculadas a la actividad de alguna asociación o colectivo de estudiantes que pudieran ser beneficiarias de la convocatoria de la Comisión de Estudiantes del UAM.

La cuantía total máxima estimada de las ayudas que se adjudiquen asciende a 1.000 euros. Cada Consejo de Estudiantes de Centro podrá recibir ayuda como máximo para una única actividad, que no podrá superar los 500 euros.

En caso de que el importe de las ayudas que cumplen los requisitos supere la cuantía máxima del crédito previsto en esta convocatoria se procederá al prorrateo del importe entre estas.

ACTIVIDADES OBJETO DE AYUDA

En la presente convocatoria serán susceptibles de recibir una ayuda económica las actividades abiertas a toda la comunidad universitaria3 que fomenten la participación estudiantil y que se encuentren descritas en los siguientes apartados:

  • Actividades de creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica, la cultura y el arte (tales como publicaciones, exposiciones artísticas o divulgativas, talleres, competiciones académicas o deportivas, conciertos y producciones audiovisuales o teatrales); así como cualquier actividad que promueva la movilidad o internalización en la Universidad.
  • Actividades orientadas a la visibilización de la representación de estudiantes, así como su importancia en la toma de decisiones del Centro y de la Universidad.
  • Actividades orientadas al desarrollo cultural y social que promueve la participación de la comunidad universitaria, especialmente del estudiantado de grado, máster y doctorado, así como de los títulos propios de la UAM.
  • Actividades orientadas a la promoción y búsqueda de soluciones en ámbitos como los derechos humanos, el medio ambiente, la sostenibilidad, las relaciones de género, la atención a las personas con discapacidad, la erradicación de la pobreza y la justicia social y económica.

PLAZOS

Recepción de solicitudes – Del 15 al 28 de febrero de 2025.

Estudio de las solicitudes – Del 28 de febrero al 14 de marzo de 2025. 

Resolución – 6 de marzo de 2025. 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente a través de un formulario que contendrá la información mencionada a continuación:

  • Denominación de la actividad.
  • Descripción y objetivos de la actividad.
  • Calendario de ejecución.
  • Plan de difusión de la actividad.
  • Presupuesto detallado del conjunto de la actividad.

Además, con la presentación de la solicitud, el Consejo de Estudiantes de Centro solicitante declara bajo su responsabilidad:

  • Que acepta las bases de la presente convocatoria.
  • Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  • Que queda informado de que la inexactitud de los datos declarados implica la denegación o revocación de la ayuda.

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN 

El órgano competente para la resolución del presente procedimiento es la Coordinadora del Consejo de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid.  

Criterios de Valoración 

La valoración máxima para una solicitud será de 10 puntos.

Solo serán sometidas a evaluación las propuestas de actividades que se adecuen al objeto y finalidad de la convocatoria, además de tener una descripción suficientemente detallada para poder valorar su viabilidad.

Para la concesión de las ayudas económicas se tendrá en cuenta su valoración, de conformidad con los siguientes criterios:

  • Grado de elaboración y concreción del proyecto y viabilidad de este (hasta un máximo de tres puntos).
  • Proyección e impacto que supone la actividad para la comunidad universitaria de la UAM (hasta un máximo de tres puntos).
  • Proyectos innovadores y originales (hasta un máximo de cuatro puntos).

Quedarán excluidas aquellas solicitudes que obtengan una valoración “0” en alguno de los anteriores apartados.

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 

Aplicado el baremo y determinada la puntuación de cada proyecto, las ayudas se repartirán de la siguiente manera:

  • Proyectos entre 0 y 4.99 puntos no recibirán ayuda.
  • Proyectos entre 5 y 6.99 puntos (hasta un máximo de 100 euros).
  • Proyectos entre 7 y 8.99 puntos (hasta un máximo de 250 euros).
  • Proyectos entre 9 y 10 puntos (hasta un máximo de 500 euros).

Quedan expresamente excluidos de la ayuda económica los siguientes conceptos:

  • Inscripciones a congresos o asambleas de asociaciones.
  • Adquisición de electrodomésticos y mobiliario.
  • Dietas de ponentes.
  • Honorarios.

ANEXOS


Convocatoria – Ayudas Actividades

Acuerdo de la Coordinadora de 13 de febrero de 2025


Solicitud

Documento a rellenar por las personas solicitantes


Resolución

Acuerdo de la Coordinadora de 6 de marzo de 2025 *


*Resolución modificada por la estimación de un recurso de alzada el 30 de abril de 2025.

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