1ª Convocatoria de ayudas para actividades 2026

Por acuerdo de la Coordinadora del Consejo de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid, reunida el día 4 de marzo de 2026, se publica la presente Convocatoria de Ayudas para la Realización de Actividades por los Consejo de Estudiantes de Centro.

La presente convocatoria se ha aprobado conforme a las Bases para la convocatoria de ayudas a los Consejos de Estudiantes de Centro para el año 2026, aprobadas en sesión ordinaria del Plenario del Consejo de Estudiantes de 18 y 23 de febrero de 2026.

BENEFICIARIOS Y CUANTÍA

Podrán solicitar ayuda económica en la presente convocatoria aquellos Consejos de Estudiantes de Centro de la UAM que cumplan los requisitos establecidos en las mencionadas Bases.

La cuantía total máxima estimada de las ayudas que se adjudiquen asciende a 2.000 euros. Cada Consejo de Estudiantes de Centro podrá recibir ayuda como máximo para una única actividad, que no podrá superar los 500 euros.

En caso de que el importe de las ayudas que cumplen los requisitos supere la cuantía máxima del crédito previsto en esta convocatoria se procederá al prorrateo del importe entre estas.

ACTIVIDADES OBJETO DE AYUDA

En la presente convocatoria serán susceptibles de recibir una ayuda económica las actividades abiertas, al menos, a todo el estudiantado que fomenten la participación estudiantil y que se encuentren descritas en los siguientes apartados:

  • Actividades de creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica, la cultura y el arte (tales como publicaciones, exposiciones artísticas o divulgativas, talleres, competiciones académicas o deportivas, conciertos y producciones audiovisuales o teatrales); así como cualquier actividad que promueva la movilidad o internalización en la Universidad.
  • Actividades orientadas a la visibilización de la representación de estudiantes, así como su importancia en la toma de decisiones del Centro y de la Universidad.
  • Actividades orientadas al desarrollo cultural y social que promueve la participación de la comunidad universitaria, especialmente del estudiantado de grado, máster y doctorado, así como de los títulos propios de la UAM.
  • Actividades orientadas a la promoción y búsqueda de soluciones en ámbitos como los derechos humanos, el medio ambiente, la sostenibilidad, las relaciones de género, la atención a las personas con discapacidad, la erradicación de la pobreza y la justicia social y económica.

Para la obtención de ayuda económica será necesario elaborar un proyecto detallado y específico de cada actividad propuesta que se presentará, de conformidad con lo previsto en esta convocatoria.

PLAZOS

Recepción de solicitudes
Del 5 de marzo al 7 de abril de 2026

Estudio de las solicitudes
Del 8 al 9 de abril de 2026

Resolución
10 de abril de 2026

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente a través del siguiente formulario:

Estas solicitudes contendrán necesariamente la información mencionada a continuación:

  • Denominación de la actividad.
  • Descripción y objetivos de la actividad.
  • Calendario de ejecución.
  • Plan de difusión de la actividad.
  • Presupuesto detallado del conjunto de la actividad.

Además, con la presentación de la solicitud, el Consejo de Estudiantes de Centro solicitante declara bajo su responsabilidad:

  • Que acepta las bases de la presente convocatoria.
  • Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  • Que queda informado de que la inexactitud de los datos declarados implica la denegación o revocación de la ayuda.

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN 

El órgano competente para la resolución del presente procedimiento es la Coordinadora del Consejo de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid.  

Criterios de Valoración 

La valoración máxima para una solicitud será de 10 puntos.

Solo serán sometidas a evaluación las propuestas de actividades que se adecuen al objeto y finalidad de la convocatoria, además de tener una descripción suficientemente detallada para poder valorar su viabilidad.

Para la concesión de las ayudas económicas se tendrá en cuenta su valoración, de conformidad con los siguientes criterios:

  • Grado de elaboración y concreción del proyecto y viabilidad de este (hasta un máximo de tres puntos).
  • Proyección e impacto en el fomento de la vida universitaria y la convivencia en la comunidad, el sector del estudiantado y el centro en el que se organiza (hasta un máximo de cuatro puntos).
  • Proyectos innovadores y originales (hasta un máximo de tres puntos).

Quedarán excluidas aquellas solicitudes que obtengan una valoración “0” en alguno de los anteriores apartados.

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 

Aplicado el baremo y determinada la puntuación de cada proyecto, las ayudas se repartirán de la siguiente manera:

  • Proyectos entre 0 y 4.99 puntos no recibirán ayuda.
  • Proyectos entre 5 y 5.99 puntos (hasta un máximo de 150 euros).
  • Proyectos entre 6 y 7.99 puntos (hasta un máximo de 300 euros).
  • Proyectos entre 8 y 10 puntos (hasta un máximo de 500 euros).

Quedan expresamente excluidos de la ayuda económica los siguientes conceptos:

  • Inscripciones a congresos o asambleas de asociaciones.
  • Adquisición de electrodomésticos y mobiliario.
  • Dietas de ponentes.
  • Honorarios.

ANEXOS


Bases – Ayudas Actividades 2026

Acuerdo del Plenario de 18 y 23 de febrero de 2026


Convocatoria – 1ª Ayudas Actividades 2026

Acuerdo de la Coordinadora de 5 de marzo de 2026


Resolución – 1ª Ayudas Actividades 2026

Acuerdo de la Coordinadora de 10 de abril de 2026


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